Los Residentes Permanentes y personas con las calidades migratorias Long Term Resident o Designated Activities que no correspondan a las actividades oficialmente anunciadas y no son objeto de solicitud del Certificado de Elegibilidad, que durante su estadía fuera del Japón haya vencido su permiso de reingreso (再入国許可) o permiso de reingreso especial (みなし再入国), como consecuencia de la propagación del nuevo coronavirus

2021/1/25
1. Las personas que tienen el permiso de reingreso (再入国許可)  vencido o no pueden reingresar con dicho permiso vigente
Comuníquese con el Departamento Consular para solicitar la ampliación del permiso de reingreso. El tiempo de ampliación es de 1 año a partir de vencimiento.
En caso haya ampliado el permiso de reingreso (再入国許可) en lo posible viaje al Japón dentro del nuevo plazo de vigencia. En caso no pueda hacerlo siga las indicaciones del punto 2.

2. Las personas que tienen el permiso de reingreso especial (みなし再入国) vencido (incluye los casos que no pueden tramitar el punto 1.)
Lo siguiente aplica a las personas que tienen el permiso de reingreso (再入国許可) o el permiso de reingreso especial (みなし再入国) vencido a partir del 1 de enero del 2020, y a personas cuyo reingreso venza un mes después del levantamiento de las medidas de restricción de ingreso a su país de estadía (Perú).
Podrá solicitar la visa Long Term Resident  (LTR) en esta Embajada desde la fecha del levantamiento de las medidas de restricción de ingreso a su país de estadía (Perú) hasta 6 meses después. Sólo en caso de quienes tuvieron la Residencia Permanente y que tengan alguna circunstancia especial por la que necesite retornar lo más pronto posible al Japón, podrá presentar su solicitud antes del levantamiento de las medidas de restricción de ingreso a su país.
A las personas que tuvieron la Residencia Permanente se les emitirá la visa LTR, y al momento de ingresar al Japón, en el aeropuerto, puede tramitar la residencia permanente.
Para el trámite de visa comuníquese por correo electrónico a: visasjapon@li.mofa.go.jp
Para mayor información revise la página web de la Agencia de Servicios Migratorios del Japón: http://www.moj.go.jp/isa/content/930005915.pdf