Reporte de Residencia

2022/3/1

→Japonés


Según el artículo 16 de la Ley de Pasaporte Japonés, las personas que poseen la nacionalidad japonesa (incluyendo a las de doble nacionalidad), que residen en el extranjero por un período mayor de 3 meses, deben presentar el Reporte de Residencia a la Embajada de Japón en donde residen. Esto es para poder compartir información importante (alertas, comunicados de la Embajada, etc.) y brindarles el apoyo necesario en casos de emergencia como desastres naturales en gran escala, atentados terroristas, entre otros.
 
Por tal motivo, la Embajada del Japón en el Perú, tiene la labor de actualizar los datos y el periodo de estadía de los ciudadanos de nacionalidad japonesa que residen en el país. En el caso que alguno de sus datos registrados en el Reporte de Residencia haya cambiado, solicitamos su apoyo presentando el Reporte de Modificación de Datos indicado en el punto 2.

A continuación algunos ejemplos del empleo del Reporte de Residencia:

  • Cuando no puede comunicarse con su familiar en el Japón por estar involucrado en  algún incidente o accidente, podemos ayudarlo a contactar a dicho familiar.
  • Cuando alguna entidad pública como la policía, la oficina de correo postal o la Municipalidad nos informa sobre un objeto perdido que le pertenece a un ciudadano japonés,  podemos confirmar si la persona reside en el Perú a través del Reporte de Residencia y comunicarnos con los dueños de inmediatamente.
  • La información en el Reporte de Residencia será utilizada para realizar la confirmación de residencia y se le podrá registrar en el padrón de votación del Japón en el extranjero.
  • Podrá recibir información de seguridad del Perú por correo electrónico.

1. Cómo presentar el Reporte de Residencia

(1) En línea (disponible sólo en idioma japonés)
Desde el año 2003, el Ministerio de Asuntos Exteriores del Japón ha implementado el “Sistema de registro electrónico del Reporte de Residencia”. Además de los métodos de entrega que se mencionan en el punto (2), de podrá presentar la información de una manera más fácil desde la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores del Japón ingresando al siguiente enlace:
http://www.ezairyu.mofa.go.jp
 
(2) En la ventanilla del Departamento Consular,  enviándolo por fax, o por correo postal:
Puede conseguir el formato del Reporte de Residencia solicitándolo en la ventanilla del Dpto. Consular o descargándolo en el siguiente enlace:
Reporte de Residencia (versión en español)
Nro. de fax: (+51-1)219-9544
Dirección de envío postal:
Av. San Felipe 356, Jesús María, Lima 

2. Cómo presentar el Reporte de Modificación de Datos

Si ha cambiado alguno de los datos como dirección, teléfono, correo electrónico, entre otros, registrados en el Reporte de Residencia, debe presentar el Reporte de Modificación de datos.
 
(1) En línea (disponible sólo en idioma japonés)
Ingresando al siguiente enlace:
http://www.ezairyu.mofa.go.jp

(2) Formato del Reporte de Modificación de Datos:
Puede descargarlo en el siguiente enlace:
 Reporte de Modificación de Datos (versión en español) 


【Retorno al Japón o cambio de domicilio】
En el caso de que usted o alguno de sus familiares convivientes con nacionalidad japonesa haya retornado al Japón, cambiado de domicilio o se encuentre residiendo en otro país luego de haber presentado el Reporte de Residencia,  es indispensable presentar el Reporte de Modificación de Datos en la ventanilla del Dpto. Consular, vía fax o por Correo postal. De no presentar el Reporte de Modificación de Datos, no se le podrá enviar información importante de esta Embajada. Si ocurre una emergencia, tomaría más tiempo en confirmar el estado de las personas que retornaron al Japón que las personas que realmente se encuentran en el Perú y necesitan apoyo.
 

3. Medidas que se toman cuando no se puede confirmar su estadía

Es indispensable que presente el Reporte de Modificación de Datos si su dirección, teléfono y correo electrónico han cambiado, retorna al Japón o sale del país de manera indefinida. En caso contrario, esta Embajada no podrá comunicarse con usted, perjudicando la garantía de su seguridad, especialmente en casos de emergencia.
Así mismo informamos que, a partir del primer día del mes de abril del año 2014, se considera como no residentes en el Perú en los siguientes casos:  

● No se pudo confirmar su estadía durante un año, ya que no hubo comunicación alguna con esta Embajada a pesar de haber pasado la “Fecha de estadía” indicada en el Reporte de Residencia.※
● Aún no culmina la “Fecha de estadía” indicada en el Reporte de Residencia y no se ha podido confirmar su estadía durante un año. ​※
 
※ Básicamente en el mes de octubre de todos los años, nuestra Embajada realiza la “Actualización del Reporte de Residencia” en base a los datos indicados en el Reporte de Residencia, confirmando la estadía de las personas registradas vía correo electrónico, correo postal o vía telefónica. De la misma manera, se confirma la estadía de las personas antes de considerarlas no residentes en el Perú.