Aviso acerca del Coronavirus (COVID-19)

2022/2/25

PARA TRAMITAR UN NUEVO VISADO

Trámite de un nuevo visado

El 24 de febrero de 2022, se anunció la revisión de las restricciones a las nuevas entradas de extranjeros. NEW
・Actualmente, de acuerdo con la Ley de Control de Inmigración y Reconocimiento de Refugiados (Ley de Inmigración), por el momento, se denegará el ingreso a los extranjeros al Japón, a menos que existan "circunstancias especiales".
・Las personas a quienes se les conceda dicho permiso para su ingreso al Japón, deberán obtener un visado en la Embajada, en función del propósito de su visita ya que, en estos momentos todos los extranjeros están obligados a solicitar un visado antes de entrar al Japón, excepto los residentes.
・Debido a la propagación del COVID-19, es posible que se tarde más de lo habitual en recibir una solicitud de visado y emitirla, de antemano agradecemos su comprensión.


Requisitos de visas
Actualmente, excepto los visados emitidos conforme a las Medidas (27) publicadas el 24/2/2022, y los de "circunstancias especiales", los visados como visitante temporal (turismo) se encuentran suspendidos por cierto tiempo.

Certificado de Elegibilidad y su validez
El Certificado de Elegibilidad tenía una validez de 3 meses, sin embargo por la propagación del COVID-19 esta validez se ha extendido. NEW
• Los Certificados de Elegibilidad con fecha de emisión del 1/1/2020 al 31/1/2022, la vigencia será hasta el 31/7/2022.
• Los Certificados de Elegibilidad con fecha de emisión del 1/2/2022 al 31/7/2022, la vigencia será de 6 meses desde la fecha de emisión.

PARA INGRESAR/REINGRESAR AL JAPÓN

Para ingresar o reingresar al Japón
Al ingresar, reingresar o regresar al Japón se requiere tener una visa o un permiso de reingreso (incluye el permiso de reingreso especial) vigentes y además:
・Presentar el resultado negativo de la Prueba COVID-19 (la prueba sanguínea no será considerada válida), tomada dentro de las 72 horas antes de la hora de salida del país. 
ATENCIÓN:Se han dado casos de problemas en los mostradores de los aeropuertos y en las estaciones de cuarentena del Japón, debido a información errónea o incompleta en el certificado de resultado de la prueba COVID-19, la cual es necesaria para ingresar al Japón. Se recomienda, encarecidamente, utilizar el Formato indicado por el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar Social del Japón al momento de la obtención del dicho certificado.
・Presentar un cuestionario e instalar un App en su teléfono móvil inteligente.
​・Tener en cuenta las medidas de cuarentena que deben cumplir todos los viajeros:
https://www.pe.emb-japan.go.jp/itpr_es/11_000001_00014.html

Información para personas que han perdido su residencia durante la Pandemia
・Las personas que poseían un estado de Residente Permanente y otros debe iniciar el trámite de un nuevo visado (LTR) en esta Embajada.
・Las personas que poseían un estado de Residente de largo plazo o cualquier estatus que no sea la residencia permanente debe iniciar el trámite de un nuevo visado con Certificado de Elegibilidad.

MEDIDAS ADOPTADAS PARA PREVENIR EL CONTAGIO DEL COVID-19

Medidas de seguridad fronteriza decretadas por el Gobierno Japonés
・Las nuevas medidas como cambio del período de cuarentena serán aplicadas a partir de las 0:00 horas del 1 de marzo de 2022 (JST) NEW

Medidas para prevenir el contagio del COVID-19 en la atención consular
Debido a la emergencia sanitaria decretada por el gobierno peruano para prevenir la propagación del COVID-19, el horario de atención en ventanilla de la Sección Consular de la Embajada será de 9:00 a 12:15 y de 14:15 a 16:00, a partir del 31 de marzo del año 2020 hasta nuevo aviso. El horario de atención telefónica se mantiene sin cambio.

PREGUNTAS FRECUENTES (sobre visado y ampliación de permiso de reingreso)