Registro Civil

2024/3/21

Registro de divorcio

Divorcio por mutuo acuerdo, bajo leyes japonesas entre ciudadanos japoneses


Los ciudadanos japoneses que van a divorciarse por mutuo acuerdo y se encuentren fuera del Japón, deben de reportarlo a la municipalidad del Japón o a la Embajada del Japón del país en donde residen.
Declarante: Ambas partes interesadas
Requisitos
(1) Solicitud de registro de divorcio (PDF)
(Se le puede entregar en la ventanilla)
※2 hojas
tamaño A3
(2) Documento de identidad original y copia de ambos
(pasaporte japonés y carné de extranjería)
1 de cada uno
(3) Copia de koseki (En el caso de las personas que no pueden llenar la solicitud en japonés, presente la copia del koseki más reciente que tenga) 1
※ Dependiendo de si va a cambiar de honsekichi (lugar de registro del koseki) podría necesitar 3 solicitudes de registro, por favor confirmar previamente con la Embajada.
 

Divorcio realizado bajo leyes extranjeras entre ciudadanos japoneses

Es necesario registrar el divorcio realizado bajo leyes extranjeras en el koseki, por lo que se debe de reportar a la municipalidad del Japón o a la Embajada del Japón del país en donde residen.
Plazo legal del registro: 10 días después de la disolución del matrimonio.
En caso haya pasado el plazo legal, puede realizar el registro presentando una carta en la que explique el motivo de la demora. (modelo
Declarante: Una de las partes interesadas
Requisitos
(1) Solicitud de registro de divorcio (PDF)
(Se le puede entregar en la ventanilla)
2 hojas
tamaño A3
(2) Sentencia de divorcio y el certificado de confirmación del fallo emitido por el juzgado, resolución de divorcio emitido por la municipalidad o acta de divorcio notarial según sea el caso.   1
(3) Acta de matrimonio con anotación del divorcio emitido por la autoridad peruana (RENIEC o Consulado del Perú en el Japón, según sea el caso). 1
(4) Traducción al japonés de la sentencia de divorcio u otros y de la acta de matrimonio (modelo).  1 de cada uno
(5) Documento de identidad original y copia de ambos
(pasaporte japonés y carné de extranjería)
1 de cada uno
(6) Copia de koseki (En el caso de las personas que no pueden llenar la solicitud en japonés, presente la copia del koseki más reciente que tenga) 1
※ Dependiendo de si va a cambiar de honsekichi (lugar de registro del koseki) podría necesitar 3 solicitudes de registro, por favor confirmar previamente con la Embajada.

Divorcio realizado bajo leyes extranjeras entre un ciudadano japonés y un extranjero

Es necesario registrar el divorcio realizado bajo leyes extranjeras en el Koseki, por lo que se debe de reportar a la municipalidad del Japón o a la Embajada del Japón del país en donde residen.
Plazo legal del registro: 10 días después de la disolución del matrimonio.
En caso haya pasado el plazo legal, puede realizar el registro presentando una carta en la que explique el motivo de la demora. (modelo
Declarante: Una de las partes interesadas
Requisitos
(1) Solicitud de registro de divorcio (PDF)(modelo)
(Se le puede entregar en la ventanilla)
2 hojas
tamaño A3
(2) Sentencia de divorcio y el certificado de confirmación del fallo emitido por el juzgado, resolución de divorcio emitido por la municipalidad o acta de divorcio notarial según sea el caso.   1
(3) Acta de matrimonio con anotación del divorcio emitido por la autoridad peruana (RENIEC o Consulado del Perú en el Japón, según sea el caso). 1
(4) Traducción al japonés de la sentencia de divorcio u otros y de la acta de matrimonio (modelo).  1 de cada uno
(6) Documento de identidad original y copia de ambos
(nacionalidad japonesa: pasaporte japonés o carné de extranjería, nacionalidad peruana: DNI)
1
(7) Un documento que muestre la dirección en donde viven ambas partes.
(En caso de divorcio por mutuo acuerdo) 
1 de cada uno
(8) Un documento de la parte extranjera que demuestre su nacionalidad. (Pasaporte peruano vigente, acta de nacimiento, DNI, etc. En el caso de la partida de nacimiento, debe ser original y legalizada por RENIEC, si presenta su pasaporte o DNI, se le estará devolviendo el original en ventanilla.
Si realiza la solicitud por correo postal, puede enviar la copia del DNI o pasaporte legalizada por un notario)
1
(En caso de divorcio por mutuo acuerdo)
(9) Traducción al japonés del documento arriba mencionado (modelo de pasaporte peruano, acta de nacimiento, DNI) 1

※ Dependiendo de si va a cambiar de honsekichi (lugar de registro del koseki) podría necesitar 3 solicitud de registro, por favor confirmar previamente con la Embajada.

Notas

(1) En el caso de ciudadanos japoneses que cambiaron su apellido cuando contrajeron matrimonio, vuelven automáticamente a su apellido anterior una vez se lleve a cabo el divorcio.
(2) Si desea mantener el apellido de casado, tiene un plazo de 3 meses desde que se realizó el divorcio para solicitarlo.
(3) En caso haya cambiado su apellido al del cónyuge con nacionalidad extranjera, tiene un plazo de 3 meses desde que se realizó el divorcio bajo leyes peruanas, para solicitar volver al apellido de soltero(a). Para mayor detalle, comunicarse con el Dpto. Consular de la Embajada del Japón.

Revisar antes de realizar el trámite