Registro Civil
2024/3/26
                        Registro de Reconocimiento
|   Es la inscripción de un niño nacido entre una pareja que no tiene vínculo matrimonial. 
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| Plazo legal del registro: 3 meses En caso que se haya pasado más de 3 meses, debe de presentar una carta en la cual explica el motivo de la demora. (modelo) | |
| Declarante: Padre o madre japonés(a) | |
| Requisitos | |
| (1) Solicitud de registro de reconocimiento (PDF) (Ver modelo(en caso padre japones)) (Ver modelo(en caso padre extranjero)) (Se puede entregar en la ventanilla) | 2 hojas | 
| (2) Acta de nacimiento original legalizada por RENIEC, en el cual figuren los padres como declarantes. | 1 | 
| (3) Traducción del Acta de Nacimiento. (modelo) | 1 | 
| (4) Documentos para comprobar la nacionalidad del declarante (en caso tenga nacionalidad extranjera) como pasaporte peruano original, acta de nacimiento original y legalizada por RENIEC o DNI con su debida traducción al japonés (El DNI y pasaporte original se le devolverá en la ventanilla). Si realiza la solicitud por correo postal, puede enviar la copia del pasaporte o DNI legalizado por un notario. | 1 de cada uno | 
| (5) Original y copia del documento de identidad de ambos padres y del hijo(a) (japonés: pasaporte japonés y carnet de extranjería, peruano: DNI) | 1 de cada uno | 
| (6) Copia de koseki (En el caso de las personas que no pueden llenar la solicitud en japonés, presente la copia del koseki más reciente que tenga) | 1 | 
| Notas | |
| 1. Sobre la traducción: La traducción no necesita ser realizada por un traductor oficial, pero debe figurar el nombre de la persona que la hizo. | |
| 2. En el caso de que uno de los padres tenga doble nacionalidad: Si el nombre que figura en la acta de nacimiento es diferente al koseki, deberá adjuntar una carta aclaratoria con su traducción al japonés. | |
| 3. Contacto del Dpto. Consular de la Embajada de Japón. | |
